ABOGADOS ARRAIGO POR FORMACIÓN Guadix
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De acuerdo al Nuevo Reglamento de Extranjería aprobado el 26 de julio por el Consejo de Ministros y publicado el Boletín oficial del Estado (BOE) el 27 de julio, aquellos extranjeros que quieran y puedan demostrar que han residido dos años en España van a poder conseguir el arraigo por formación y pasar a estar completamente legales en España.
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¿Cómo obtener la residencia o nacionalidad por arraigo por formación?
El arraigo para la formación es un nuevo tipo de residencia por circunstancias excepcionales que dejará a los inmigrantes en situación irregular en España que quieran empezar una capacitación o estudios residir durante 12 meses de forma legal en el país.
Requisitos para conseguir el arraigo por formación en Guadix
Para poder solicitar este tipo de arraigo para la capacitación se deberán cumplir seis requisitos.
- Para empezar, y como sucede con cualquier tipo de solicitud de residencia en un contexto inusual, será fundamental demostrar que ha vivido de forma continua en el país. El mínimo es dos años
- No ser ciudadano de un Estado de Europa.
- No tener antecedentes penales: por otra parte, se procederá a presentar los antecedentes penales, igual en España como en cualquier otro sitio en el que hayas residido a lo largo de los últimos cinco años. Esto incluye el país de origen.
- No tener la entrada prohibida al país. Incluyendo el espacio territorial de países con los que España tenga convenios en este ámbito.
- No encontrarse en estado de compromiso de no retorno.
- Comprometerse a desempeñar una formación que debe ser:
Reglada para el empleo o a conseguir una validación de profesionalidad o una capacitación contundente a la obtención de la certificación de destreza técnica o habilitación profesional necesaria para el ejercicio de un trabajo especifico o una promovida por los Servicios Públicos de Empleo.
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También, en el campo de la capacitación permanente de las universidades, tener un compromiso para la realización de cursos de actualización o ampliación de competencias y habilidades formativas o profesionales, así como de otras enseñanzas propias de capacitación permanente.
A estos efectos, la matriculación va a deber haberse efectuado en un plazo de 3 meses desde la notificación de la resolución de concesión de la autorización de vivienda.
Que se haya abonado la tasa correspondiente por la tramitación del procedimiento.
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