ABOGADOS ARRAIGO POR FORMACIÓN Carballiño (O)
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Gracias al Nuevo Reglamento de Extranjería aprobado el 26 de julio por el Consejo de Ministros y publicado el Folleto oficial del Estado (BOE) el 27 de julio, aquellos extranjeros que quieran y puedan probar que han residido un par de años en España van a poder obtener el arraigo por capacitación y pasar a estar absolutamente legales en España.
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¿Cómo obtener la residencia o nacionalidad por arraigo por formación?
El arraigo para la formación es un nuevo tipo de residencia por circunstancias excepcionales que permitirá a los inmigrantes sin visado ni permiso de residencia en España que quieran iniciar una formación o estudios residir durante doce meses de manera legal en el país.
Requisitos para la obtención del arraigo por formación en Carballiño (O)
Para poder pedir este arraigo para la capacitación se deben cumplir 6 requisitos.
- Para empezar, y como sucede con cualquier género de solicitud de residencia en un contexto excepcional, será fundamental demostrar la residencia continuada en España. El mínimo es dos años
- No ser ciudadano de un País de Europa.
- Carecer de antecedentes penales: por otro lado, se procederá a presentar los antecedentes penales, tanto en España como en cualquier otro país en el que hayas residido a lo largo de los últimos 5 años. Esto incluye el país de origen.
- Tener denegada la entrada a España. Incluyendo los países y territorios con los que España haya firmado convenios de esta índole.
- No encontrarse en estado de compromiso de no retorno.
- Comprometerse a desempeñar una formación que debe ser:
Acorde al empleo o a conseguir una validación de profesionalidad o una formación contundente a la obtención de la certificación de aptitud técnica o habilitación profesional necesaria para el ejercicio de una ocupación especifica o una promovida por los Servicios Públicos de Empleo.
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También, en el campo de la formación permanente de las universidades, tener un compromiso para la realización de cursos de actualización o ampliación de competencias y habilidades formativas o profesionales, como de otras enseñanzas propias de capacitación permanente.
A estos efectos, la matriculación va a deber haberse realizado en un plazo de tres meses desde la notificación de la resolución de concesión de la autorización de vivienda.
Que esté abonada la tasa por la tramitación del procedimiento.
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