ABOGADOS ARRAIGO POR FORMACIÓN Bueu
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Somos expertos en trámites de Extranjería en Bueu y te asistimos a conseguir los papeles de residencia o nacionalidad española o cualquier tipo de arraigo o asunto de extranjería como recursos por denegación, agilizar la nacionalidad o la renovación de tu residencia. Ágil, sencillo, y con costos económicos , deseamos ser tus abogados para extranjería e inmigración.
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Gracias al Nuevo Reglamento de Extranjería aprobado el 26 de julio por el Consejo de Ministros y publicado el Boletín oficial del Estado (BOE) el veintisiete de julio, aquellos extranjeros que quieran y puedan demostrar que han residido dos años en España van a poder conseguir el arraigo por formación y pasar a estar totalmente legales en España.
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¿Cómo obtener la residencia o nacionalidad por arraigo por formación?
El arraigo de formación es un nuevo tipo de residencia por circunstancias excepcionales que dejará a los inmigrantes en situación irregular en España que quieran empezar una capacitación o estudios residir durante 12 meses de forma legal en el país.
Requisitos para la obtención del arraigo por formación en Bueu
Para solicitar este arraigo para la formación han de cumplirse seis requisitos.
- Primeramente, y como sucede con cualquier clase de solicitud de residencia por circunstancias excepcionales, va a ser fundamental probar que ha vivido de forma continua en el país. El mínimo es 2 años
- No ser ciudadano de un Estado de Europa.
- Carecer de antecedentes penales: por otra parte, se procederá a presentar los antecedentes penales, igual en España como en cualquier otro país en el que se haya vivido durante los últimos cinco años. Incluyendo el país de origen.
- No tener la entrada prohibida al país. Esto incluye el espacio territorial de países con los que España haya firmado convenios de esta índole.
- No encontrarse en situación de compromiso de no retorno.
- Comprometerse a ejecutar una formación que será:
Acorde al empleo o a conseguir una validación de profesionalidad o una capacitación contundente a la obtención de la certificación de destreza técnica o habilitación profesional necesaria para el ejercicio de una ocupación especifica o una suscrita por los Servicios Públicos de Empleo.
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También, en el campo de la formación permanente de las universidades, tener un compromiso para la realización de cursos de ampliación o actualización de competencias y habilidades profesionales o formativas, así como de otras enseñanzas propias de formación permanente.
A estos efectos, la matriculación deberá haberse realizado en un plazo de 3 meses desde la notificación de la resolución de concesión de la autorización de residencia.
Que esté abonada la tasa por la tramitación del procedimiento.
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