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Somos expertos en tramitación de Extranjería en Alcora (l’) y te ayudamos a conseguir los papeles de residencia o nacionalidad española o cualquier clase de arraigo o asunto de extranjería como recursos por denegación, agilizar la nacionalidad o la renovación de tu residencia. Rápido, sencillo, y con costos económicos , queremos ser tus abogados de extranjería e inmigración.
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Gracias al Nuevo Reglamento de Extranjería aprobado el veintiséis de julio por el Consejo de Ministros y publicado el Folleto oficial del Estado (BOE) el 27 de julio, aquellos extranjeros que deseen y puedan probar que han vivido un par de años en España podrán obtener el arraigo por capacitación y pasar a estar completamente legales en España.
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¿Cómo obtener la residencia o nacionalidad por arraigo por formación?
El arraigo para la formación es un nuevo tipo de residencia por circunstancias inusuales que dejará a los extranjeros sin visado ni permiso de residencia en España que deseen empezar una formación o estudios permanecer durante 12 meses de manera legal en el país.
Requisitos para conseguir el arraigo por formación en Alcora (l’)
Para poder solicitar este arraigo para la capacitación han de cumplirse 6 requisitos.
- Para empezar, y como sucede con cualquier clase de solicitud de residencia en un contexto inusual, será fundamental probar que ha vivido de forma continua en el país. El mínimo es dos años
- No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea.
- No tener antecedentes penales: por otra parte, se procederá a presentar los antecedentes penales, igual en España como en cualquier otro sitio en el que hayas residido a lo largo de los últimos cinco años. Esto incluye el país de origen.
- Tener denegada la entrada a España. Incluyendo el espacio territorial de países con los que España tenga convenios en este ámbito.
- No estar en estado de compromiso de no retorno.
- Tener un compromiso para desempeñar una formación que debe ser:
Reglada para el empleo o a obtener un certificado de profesionalidad o una formación contundente a la obtención de la certificación de aptitud técnica o habilitación profesional necesaria para el ejercicio de una ocupación especifica o una promovida por los Servicios Públicos de Empleo.
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También, en el ámbito de la capacitación permanente de las universidades, tener un compromiso para la realización de cursos de actualización o ampliación de competencias y habilidades formativas o profesionales, como de otras enseñanzas propias de formación permanente.
A estos efectos, la matriculación deberá haberse efectuado en un plazo de tres meses desde la notificación de la resolución de concesión de la autorización de vivienda.
Que se haya abonado la tasa correspondiente por la tramitación del procedimiento.
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