ABOGADOS ARRAIGO POR FORMACIÓN Albatera
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Somos expertos en tramitación de Extranjería en Albatera y te ayudamos a conseguir la autorización de residencia o nacionalidad española o cualquier tipo de arraigo o asunto de extranjería como recursos por denegación, agilizar la nacionalidad o renovar tu residencia. Ágil, sencillo, y con costos asequibles , deseamos ser tus gerstoría legal de extranjería e inmigración.
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Gracias al Nuevo Reglamento de Extranjería aprobado el 26 de julio por el Consejo de Ministros y publicado el Boletín oficial del Estado (BOE) el 27 de julio, aquellos extranjeros que quieran y puedan demostrar que han residido dos años en España podrán conseguir el arraigo por capacitación y pasar a estar totalmente legales en España.
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¿Qué es el arraigo por formación?
El arraigo de formación es un género de residencia por circunstancias excepcionales que permitirá a los inmigrantes sin visado ni permiso de residencia en España que deseen comenzar una formación o estudios establecerse durante doce meses de manera legal en el país.
Requisitos para la obtención del arraigo por formación en Albatera
Para poder solicitar este arraigo para la formación se deben cumplir 6 requisitos.
- Para empezar, y como sucede con cualquier tipo de solicitud de residencia por circunstancias excepcionales, será fundamental probar que ha vivido de forma continua en España. El mínimo es 2 años
- No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea.
- No tener antecedentes penales: por otra parte, se deben de presentar los antecedentes penales, igual en España como en cualquier otro país en el que hayas residido a lo largo de los últimos cinco años. Esto incluye el país de origen.
- No tener la entrada prohibida a España. Esto incluye el espacio territorial de países con los que España haya firmado convenios en este sentido.
- No encontrarse en estado de compromiso de no retorno.
- Tener un compromiso para ejecutar una formación que será:
Reglada para el empleo o a conseguir un certificado de profesionalidad o una formación concluyentes a la obtención de la certificación de aptitud técnica o habilitación profesional necesaria para el ejercicio de un trabajo especifico o una suscrita por los Servicios Públicos de Empleo.
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También, en el campo de la formación permanente de las universidades, comprometerse a la realización de cursos de actualización o ampliación de competencias y habilidades profesionales o formativas, así como de otras enseñanzas propias de capacitación permanente.
A estos efectos, la matriculación deberá haberse realizado en un plazo de tres meses desde la notificación de la resolución de concesión de la autorización de residencia.
Que se haya abonado la tasa correspondiente por la tramitación del procedimiento.
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